Published online by Cambridge University Press: 28 April 2010
Una de las posibles líneas de investigación en torno al tema de la primera industrialización es la del proceso de transformación de las manufacturas privilegiadas del siglo XVIII, herederas de los talleres gremiales, pero sin apenas otras modificaciones que las puramente cuantitativas, en modernas fábricas vinculadas ya a un contexto de producción industrial. Un proceso del que desconocemos casi todo, por la simple razón de que estas manufacturas no sirvieron comúnmente de instrumento de cambio, que habría de producirse desde perspectivas mucho más modestas. Sólo un ejemplo: de las cuatro manufacturas privilegiadas que existían en La Coruña a principios del siglo XIX (sombrerería, lona y jarcia, mantelería y tabacos), únicamente esta última superó la crisis del Antiguo Régimen y, tras un período de acomodación, terminó por convertirse en una fábrica moderna.
1 Se importaba también, en menores cantidades, de Virginia, Brasil, Nueva Granada, Nueva España y Filipinas.
2 La fábrica inicial se remonta a 1620, y fue fundada por el armenio Carrafa.
3 Después de esta fecha debieron construirse las de Barcelona (aprovechando, tal vez, algún taller preexistente) y Madrid, de las que apenas se describen más que referencias marginales en las fuentes.
4 Archivo General de Simancas, Tribunal mayor de cuentas, legs. 1316 y ss.
5 Lo refiere Canga Argüelles, J., Diccionario de Hacienda, Madrid, 1834Google Scholar, t. II, páginas 587–591, de quien extraigo lo fundamental de esta síntesis. Otras fuentes dan como más segura la fecha de 1730 (citada en Real Decreto de 16 de febrero de 1824, en Decre tos del rey nuestro señor don Fernando VII, t. VIII, Madrid, 1824, p. 146).
6 El establecimiento del estanco en la isla había provocado graves resistencias cam pesinas.
7 Citado en el Real Decreto de 23 de junio de 1817 (Decretos, loe. cit.).
8 AGS, Tribunal mayor de cuentas, legs. 1316–1397.
9 Durante el reinado de Fernando VI se crean las maestranzas de Barcelona, Ripoll, Sevilla, Liérganes, La Cavada, Toledo y Oviedo; los arsenales del Ferrol, Cádiz y Cartagena, y otras industrias auxiliares de la Armada.
10 Fontana, J., La quiebra de la monarquía absoluta, 1814–1820, Barcelona, 1974 2, página 63.Google Scholar
11 AGS, Secretaría y superintendencia de Hacienda, legs. 1747–1996.Google Scholar
12 J. CANGA ARGÜELLES, Diccionario, loc. cit.
13 En esta época atraviesan una profunda crisis originada por los enormes gastos de su excesiva burocracia y los fraudes de sus empleados. Sobre esto, Archivo Histórico Nacio nal, Hacienda, leg. 1790 (cubre los años 1769–1790).
14 Vedía, E. y Goosens, , Historia y descripción de la ciudad de La Coruña, La Coruña, 1845, p. 223Google Scholar, y Tettamancy Gastón, F., Historia comercial de La Coruña, La Coruña, 1900, p. 435.Google Scholar
15 En estas fechas escribió Labrada Su, L.Descripción económica del reino de Galicia (Ferrol, 1804)Google Scholar, quien, tras citar el traslado de los Correos marítimos con todo lujo de detalles, no hace la más leve mención del establecimiento.
16 Archivo del Reino de Galicia, Intendencia, leg. 11/46, 1.a pieza, fols. 211 y ss.
17 Ibid., fols. 1–20.
18 ARG, Intendencia, 12/46, 3.a pieza, fol. 128 v.
19 «Testimonio del reconocimiento de la fábrica de cigarros de la Palloza después de la entrada de los franceses en La Coruña», ARG, Intendencia, 11/46, 1.a pieza, fols. 228 y ss.
20 Libros de caudales, de almacén de hoja, de taller de operarlas y de distribución, ibid., fols. 20–199.
21 Libro de taller de operarias, ibid.
22 Cada atado equivalía a 51 cigarros.
23 Hasta finales de julio.
24 «En cuanto a las operarias, no sé qué le diga, pues como está la fábrica tan desproporcionada de lejos, el camino todo a orilla del mar, descampado, con unos vientos nor destes que le hacen andar a uno con el cuerpo doblado, unos inviernos de mucha agua y largos, entiendo que no irán cien operarías a trabajar; […] en comenzando a venir bar cos, menos: la una porque tiene padre, hermano y marido a quien servir y no las dejarán venir […], que más vale ir y meterse en la mar, desembarcar sal, sardinas, pescado o coger marisco y vender por las calles que estar allí.» ARG, Intendencia, 12/46, 3.a pieza, fol. 129 v.
26 ARG, Intendencia, 11/46, 1.a pieza, fols. 211–227 v.
27 Intervienen en la operación, además del comerciante suministrador, el director, el personal admínistrativo y el inspector de labores, quienes examinan escrupulosamente la hoja, la pesan y le atribuyen un precio por unidad atendiendo a su grado de conservación y calidad. De ser inservible el tabaco, caso frecuente por lo delicado de la mercancía (a la que atacan fácilmente las altas temperaturas, ciertos virus, bacterias y hongos), había de procederse a su incineración.
27 La perfección fue una constante preocupación de la Real Hacienda. Periódicamente aparecían órdenes recordando que las labores «tengan la capa lisa y extendida su última vuelta, en términos que apenas se perciba la unión; que en la tripa o corazón no se introduzcan palos, venas ni otra materia extraña» (Real Orden de 21 de febrero de 1817, en Decretos, t. IV, p. 73), o advirtiendo «se labre sin prisas ni retrasos y con suma perfección» (ARG, Intendencia, 11/46, 1.a pieza, passim).
28 Tres atados de habanos (o dos y medio de Virginias) habían de pesar una libra (o la mitad, si eran de tamaño reducido). Asimismo, de cada libra de hoja tendrían que labrar dos atados y medio.
29 «Notice sur la Fabrique Royale de Cigarres de la Palloza», Archives du Ministère des Affaires Etrangères, Correspondence consulaire et commerciale. La Corogne, vol. 22, fol. 279. (Citado por Carmona, X., Producción textil rural e actividades maritimo-pesqueiras na Caliza, 1750–1905, tesis doctoral inédita, Santiago, 1983Google Scholar, passim.)
30 Esto era lo que en realidad ocurría. Véase al respecto la nota 24.
31 Libro de taller de operarias, ARG, Intendencia, 11/46, 1.a pieza, fols. 20 y ss.
32 El reglamento provisional de 1807 advierte «que no se moteje con gestos, palabras ni golpes a las personas que entren a ver la fábrica» (ARG, Intendencia, 11/46, 1.a pieza, fol. 249, passim). El reglamento definitivo es más explícito, al afirmar «que no se den cantaletas, entren en cuestiones, usen cantares, ni alteren de modo alguno la silenciosa quietud que ha de observarse en el taller» (Real Decreto de 19 de diciembre de 1817, en Decretos, t. IV, p. 681).
33 Un funcionario de la fábrica escribía, en 1808, que «una muchacha de doce años echó mano a una navaja», en una riña en el taller de Virginias (ARG, Intendencia, 11/46, 2.a pieza, fol. 131).
34 «Razón del número de operarias que actualmente se hallan ocupadas en la R. Fábrica de Cigarros para su elaboración establecida en la Palloza en virtud de real orden, con la distinción de sus nombres, edades, estado y habitación de cada una de ellas», ARG, Intendencia, 12/46, 3.a pieza, fols. 194–213.
35 Libro de caudales, ARG, Intendencia, 11/46.
36 «Notice sur la Fabrique…», fol. 280 v.
37 Circular de la Dirección de Rentas de 8 de septiembre de 1817, en Decretos, t. IV, p. 446.
38 De sobra resulta conocida la escasa rentabilidad de la fábrica de Sevilla hacia finales del siglo XVIII, a juzgar por los voluminosos expedientes por fraudes acumulados contra sus propios funcionarios (véase nota 13). Otro tanto puede decirse de las de Cádiz y Madrid, clausuradas por ruinosas durante el Trienio (Decreto de 29 de junio de 1821, en Colección de los decretos y órdenes generales expedidos por las Cortes ordinarias de los años 1820 y 1821 en el segundo período de su diputación, Madrid, 1821, t. VIl, p. 274).
39 AGS, Dirección general de rentas. Primera remesa, legs. 2387–2505, y Tribunal mayor de cuentas, legs. 1316–1397.
40 El cónsul de Francia en La Coruña la estimaba en más del ciento por ciento para la década de los treinta («Notice…», fol. 281).
41 Pese a todo, la producción no lo acusa, ya que de los 931 millares de atados manufacturados en 1809, 363 se elaboraron durante los seis primeros meses, precisamente los de la ocupación francesa.
42 Real Orden de 29 de agosto de 1809 (ARG, Junta Superior de Galicia, carp. 70, 88).Google Scholar
43 Real Orden de 1 de diciembre de 1809 (ibid.)
44 Libro de caudales, ARG, Intendencia, 11/46.
45 Durante este período fueron devueltos de Asturias 300 cajones de cigarros inservibles (ARG, Junta Superior de Galicia, carp. 33, 26).Google Scholar
46 Libro de caudales, ARG, Intendencia, 11/46.
47 Decreto de las Cortes de 13 de septiembre de 1813, Colección de los decretos y órdenes que han expedido las Cortes generales y extraordinarias, Madrid, 1820, t. IV.
48 Decreto de las Cortes de 17 de marzo de 1814, AHN, Cons., leg. 43719.
49 Serie reconstruida con documentación muy fragmentaria procedente de J. CANGA ARGÜELLES, Diccionario, loe. cit., y varias órdenes, entre ellas el Real Decreto de 16 de febrero de 1824.
50 Se permite la libre elaboración, venta y extracción de tabaco de la isla, pero la venta exterior continuará monopolizada por el Estado (AHN, Cons., lib. 1506, fol. 123).Google Scholar
51 Ibid., fol. 174.
52 Decreto de 9 de noviembre de 1820 (AHN, Hacienda, lib. 7652, fol. 235).Google Scholar
53 Decretos de 29 de junio de 1821 (AHN, ibid., fol. 290) y de 26 de junio de 1822 (Colección de decretos…, t. IX, p. 480).
54 Decreto de la Regencia de 1 de junio de 1823 (Decretos y resoluciones de la Junta provisional, Madrid, 1824, t. VII, p. 24). No tenía demasiada justificación la pluma mordaz del legislador absolutista cuando hablaba de «la indiscreta pasión por la novedad y el maligno empeño [de los liberales] en acabar con todas las instituciones antiguas, fruto de la experiencia y madurez de nuestros mayores».
55 Real Decreto de 16 de febrero de 1824 (AHN, Hacienda, lib. 7652, fol. 235).Google Scholar
56 J. CANGA ARGÜELLES, op. cit.
57 Confeccionado también con documentación muy fragmentada; en especial, Real Decreto de 16 de febrero de 1824, Real Orden de 26 de diciembre de 1814, Real Orden de 5 de diciembre de 1817, Real Orden de 15 de mayo de 1818, Real Decreto de 14 de diciembre de 1827 y Real Decreto de 1 de enero de 1830.
58 Madoz, P., Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España y sus posesiones de Ultramar, Madrid, 1847, t. VII, p. 107.Google Scholar
59 Ibid.
60 «Notice sur la Fabrique…», fol. 278 v.
61 ARG, Causas, 685/1, 3.a pieza, fol. 12.
62 ARG, Causas, 685/1, 1.a pieza, fol. 61 v.
63 Ibid., fols. 14–15.
64 Para el período 1808–1811, ARG, Intendencia, 11/46. La estimación para el mes de febrero de 1831 la obtuve operando sobre las 300 libras de data que aparecen en las res puestas de los interrogatorios (ARG, Causas, 685/1, 1.a pieza).
65 Carta del director al gobernador de la plaza, ARG, Causas, 685/1, 1.a pieza, folios 2–2 v.
66 La descripción del sargento no tiene desperdicio. Se acercó para «deshacer por bien o por mal el pelotón de gente tan disforme», y dijo: «“Las mujeres a fregar los platos a su casa, los hombres cada uno a la suya o a cavar al campo […]; la mujer u hombre que se oponga irá a la cárcel, y si por desgracia hubiere algún hombre que sea obstinado de resistencia, le quitaba la vida.” Visto y oído por el concurso lo que acababa de expresarse, sin hablar palabra ni la menor coma ni la menor réplica, tanto hombres como mujeres se marcharon en todas direcciones» (ARG, Causas, 685/1, 1.a pieza, fols. 41–43).
67 Piénsese lo que supone un grupo de dos millares de trabajadoras en una población que tenía entonces alrededor de los 10.000 habitantes.
68 Los datos han sido extraídos de los cuatro sumarios de que se compone la causa, el ordinario (ARG, Causas, 685/1, 1.a pieza), los de fuero militar (ibid., 2.a pieza, y Causas, 685/2) y el interno de Hacienda (ARG, Causas, 685/1, 3.a pieza).
69 El País (Pontevedra), año I, núm. 16, de 13 de diciembre de 1857. Agradezco a X. Carmona el que me haya facilitado el texto.
70 Ibid.