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from PART III - EXPLANATIONS
Published online by Cambridge University Press: 28 November 2017
Summary
MEMORANDO
GENERALIDADES
SITUACIÓN DE PARTIDA
Los matrimonios con cónyuges de distinta nacionalidad son muy comunes. En el año 2009, en el 13 por ciento de los casos de matrimonios residentes en Alemania, los dos cónyuges tenían nacionalidad extranjera o un cónyuge tenía nacionalidad alemana y el otro nacionalidad extranjera. A ellos se suman los matrimonios alemanes que viven en el extranjero y los matrimonios extranjeros que viven en la República Federal de Alemania. Dado que las consecuencias legales del matrimonio se determinan entre otras circunstancias por la nacionalidad, los matrimonios con cónyuges de distinta nacionalidad pueden causar problemas jurídicos especialmente en lo que se refiere al régimen económico matrimonial. El régimen legal supletorio en la República Federal de Alemania es el régimen de participación en las ganancias. El patrimonio de cada cónyuge es privativo y solo con la disolución del régimen matrimonial - por ejemplo, por motivo de divorcio - se compensan las ganancias obtenidas durante el matrimonio. El régimen legal supletorio en la República Francesa es la comunidad de gananciales. Las ganancias obtenidas durante el matrimonio se convierten en patrimonio común. Por ejemplo, si un matrimonio en comunidad de gananciales, conforme al derecho francés, vive en la República Federal de Alemania, podrán surgir problemas cuando los cónyuges con este régimen matrimonial adquieran un inmueble en la República Federal de Alemania. Dado que el régimen matrimonial francés no suele ser conocido en la República Federal de Alemania, la estimación precisa, por ejemplo, del alcance de los derechos correspondientes a los respectivos cónyuges al inscribir un título de propiedad en el Registro de la Propiedad lleva a considerables incertidumbres. Para una institución de crédito alemana resulta especialmente dudoso determinar cuáles son las consecuencias de las obligaciones o de la insolvencia de un cónyuge para el patrimonio vinculado a la comunidad de gananciales. La solución por la que se suele optar en la práctica y que consiste en elegir el régimen legal alemán para el patrimonio localizado en la República Federal de Alemania, conforme al artículo 15, apartado 2, de la Ley de Introducción al Código Civil (EGBGB), da respuesta a esta pregunta, pero les exige soportar un fraccionamiento del régimen matrimonial que puede llevar a dificultades de cálculo a la hora de la disolución del régimen económico matrimonial.
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- The Optional Matrimonial Property RegimeThe Franco-German Community of Accrued Gains, pp. 293 - 346Publisher: IntersentiaPrint publication year: 2014